Comunicado sobre el decenio de los afrodescendientes (CELAC).
CONSIDERANDO que en América Latina y el Caribe habitan aproximadamente 520 millones de personas, de las cuales más de 150 millones son de ascendencia africana,
Que estudios del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) estiman que más del 40% de los pobres de la región son afrodescendientes,
Que las personas afrodescendientes continúan siendo víctimas de la exclusión, el racismo y la discriminación racial y han sido invisibilizados, a pesar de que representan aproximadamente el 30% de la población de las Américas,
Que la Declaración y el Plan de Acción de Durban establecen que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia son una clara afrenta contra la dignidad de los seres humanos, y que dicha Declaración insta a todos los Estados miembros a impulsar políticas para combatir esas prácticas, sus causas y consecuencias,
Que la Resolución 67/155 (2012) encargó al Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas realizar consultas informales junto a los Estados miembros, la sociedad civil y los órganos y agencias de la ONU con miras a proclamar el Decenio Internacional de los Afrodescendientes en el marco de la 67ª Asamblea General de las Naciones Unidas,
Que la Resolución De la retórica a la realidad: un llamamiento mundial para la adopción de medidas concretas contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en septiembre del 2012, acogió el Programa de Trabajo propuesto por el Grupo de Trabajo de Expertos Independientes sobre Afrodescendientes para el Decenio de los Afrodescendientes (A/HRC/21/60/Add.2), y lo transmitió a la Asamblea General para aprobación y adopción,
Los Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) deciden:
1. Declarar el Decenio de los Afrodescendientes Latinoamericanos y Caribeños, que iniciará a partir del 1 de enero de 2014 con el propósito de fortalecer la cooperación regional e internacional para garantizar los derechos humanos de los afrodescendientes, incluidos la educación, la salud, identidad, dignidad, valores culturales y el desarrollo económico social.
2. Instruir las Misiones permanentes de los Estados miembros de la CELAC ante las Naciones Unidas, en Nueva York y Ginebra, a trabajar por el cumplimiento del mandato otorgado al Presidente de la Asamblea General para la realización de consultas informales orientadas a la aprobación del Decenio de los Afrodescendientes y su Programa de Acción.
3. Instruir las Misiones permanentes de los Estados miembros de la CELAC ante las Naciones Unidas, en Nueva York y Ginebra, a contribuir para la proclamación del Decenio de los Afrodescendientes en 2013, en conformidad con la Resolución 67/155 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
4. Crear en el marco de la CELAC un Grupo de Trabajo que desarrolle un Plan de Acción del Decenio, en el marco de los lineamientos de participación, derechos e inclusión de los afrodescendientes y que se promueva, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y con los Organismos de Equidad Racial o los encargados de la implementación de políticas dirigidas a la población afrodescendiente, el seguimiento de las acciones previstas en la presente Decisión.
Nueva York, 27 de septiembre de 2013.